La Corte Suprema de Estados Unidos declara inconstitucional prohibir el matrimonio igualitario


WASHINGTON.– En una decisión 5-4, el Tribunal Supremo de Estados Unidos ha determinado hoy que es inconstitucional que los estados puedan prohibir el matrimonio entre personas del mismo sexo, lo que obligará al gobierno de Puerto Rico a iniciar los procedimientos para reconocerlo.

La mayoría de los jueces del máximo foro judicial estadounidense determinó que impedir el matrimonio gay, como hasta el momento ocurre en 13 estados, representa una violación de la enmienda 14 de la Constitución federal, que mantiene que todo ciudadano debe recibir igual protección de las leyes.

La decisión del Supremo federal, aunque se basó en casos de Michigan, Kentucky, Ohio y Tenesí, tiene el efecto de invalidar el artículo 68 del Código de Civil de Puerto Rico que ha definido el matrimonio la unión entre un hombre y una mujer, y prohibido expresamente el reconocimiento del matrimonio entre personas del mismo sexo.

Al momento de la decisión, 37 estados y Washington D.C. ya reconocían el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Justo hace dos años, el 26 de junio de 2013, el Tribunal Supremo estadounidense aceleró el cambio social al derogar la parte de la ley federal DOMA que describía el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer.

Hasta ese momento solo había una docena de jurisdicciones que reconocían el matrimonio gay.

En Puerto Rico, el pasado 20 de marzo, el gobierno de Alejandro García Padilla – en el caso pendiente ante el Primer Circuito de Apelaciones-, dejó de defender el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer, y asumió la política pública de que prohibir el matrimonio entre personas del mismo sexo constituye una discriminación inconstitucional por orientación sexual.

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